El artículo 3.2.2.1 del Decreto 780 de 2016, sustituido por el Decreto 1990 de 2016, establece los plazos para realizar los aportes al sistema de seguridad social en la planilla integrada de liquidación de aportes –Pila– en la modalidad electrónica o asistida. Estos plazos están dados según los dos dígitos del NIT o documento de identificación del aportante.
Contar con un calendario que indique las fechas para el pago de aportes a seguridad social para empleadores e independientes puede ser de gran utilidad para garantizar una gestión eficiente de las obligaciones del empleador o el trabajador independiente.
Este calendario permite planificar con anticipación el pago de los aportes a seguridad social, evitar retrasos o sanciones por incumplimiento y mantener una buena salud financiera en el largo plazo.
